- El Gobierno de Pedro Sánchez ha flexibilizado la normativa del Ingreso Mínimo Vital para que los jóvenes y menos jóvenes que residan en la casa paterna o materna puedan percibir hasta 733,60 euros al mes. Esto rompe con la creencia de que compartir el hogar con los progenitores invalida de forma automática el acceso a esta ayuda económica estatal. De este modo, la medida se extiende incluso a aquellas personas que superan los 30 años de edad y se ven obligadas a retornar o permanecer en la vivienda de su infancia debido a la inestabilidad laboral o habitacional.
- Para acceder a esta cuantía económica en calidad de beneficiario individual, el solicitante debe cumplir estrictamente con el criterio de vulnerabilidad económica que dictamina el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La evaluación no se realiza únicamente sobre las finanzas personales del solicitante, sino que la Seguridad Social analiza pormenorizadamente los ingresos y el patrimonio conjunto de todo el núcleo familiar. Por tanto, los ingresos acumulados de los padres y del solicitante no pueden superar los umbrales máximos fijados legalmente para que la ayuda sea autorizada.
- Tomemos nota de este detalle. Al mirar las finanzas familiares es muy probable que el dinero prometido se quede o bien en una promesa o haya que devolverlo una vez percibido y gastado. Nadie da duros a cuatro pesetas, decían nuestras abuelas. Y el Gobierno mucho menos.
- En todo caso, las directrices del subsidio exigen requisitos específicos adicionales en función del rango de edad en el que se encuentre el solicitante. Aquellas personas con edades comprendidas entre los 23 y los 29 años se enfrentan a un marco normativo muy delimitado que busca acreditar que su emancipación previa no fue posible o se vio truncada. Por su parte, los mayores de 30 años que regresen a casa de sus padres disponen de criterios adaptados que facilitan su reincorporación al sistema protector, protegiéndolos contra la exclusión social.
- Es fundamental aclarar que los 733,60 euros mensuales no constituyen una paga universal, fija ni automática para todos los solicitantes por igual. La cuantía real que se percibe se calcula mediante la diferencia existente entre los ingresos actuales del beneficiario y la renta máxima garantizada por la ley. En el caso de que la persona cuente con algún empleo precario o ingresos a tiempo parcial, la administración ajustará de forma proporcional la ayuda mensual o aplicará los incentivos al empleo correspondientes.
- Para iniciar el trámite, los interesados deben formalizar su solicitud de manera telemática a través de la sede electrónica o de los canales presenciales habilitados. Se requerirá documentación acreditativa para justificar la residencia legal y continuada en España durante al menos el último año, así como el certificado de empadronamiento que certifique la composición exacta de la unidad de convivencia. Esta medida representa un alivio directo para miles de hogares que afrontan dificultades financieras y fomenta el sostenimiento de los adultos dependientes en el entorno familiar.
- En la Asociación española por la Igualdad de género «Genus Aequalitatem» os recomendamos tener mucha precaución a la hora de solicitar esta renta básica. Son muchas las personas que han sigo obligadas por el Gobierno de Pedro Sánchez a devolver las cantidades percibidas en concepto de Ingreso Mínimo Vital. No lo olvidemos.
